Ley
Artículo 39 — Leyes referentes al Movimiento Nacional de Juventudes — Ley General de la Persona Joven
- Número
- 8261
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10896, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Disposiciones Finales y Transitorias
CAPÍTULO I
Disposiciones Finales
Artículo 39
Leyes referentes al Movimiento Nacional de Juventudes
Vigente desde 2 de mayo de 2002 · texto SINALEVI
A partir de la vigencia de esta Ley, en toda norma del ordenamiento jurídico nacional donde se mencione el Movimiento Nacional de Juventudes, deberá leerse el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven.
(Así corrida su numeración por el artículo 1° de la Ley de Creación de las Casas Cantonales de la Juventud, Ley N° 9051 del 9 de julio de 2012, que lo traspasó del antiguo artículo 34 al 39)