Ley
Artículo 29 — Adjudicación del contrato — Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos
- Número
- 7762
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LA CONCESIÓN
SECCIÓN III
ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará obligatoriamente al licitante que formule la mejor oferta económica de entre las declaradas técnicamente aceptables, según la fórmula definida en el cartel, sin perjuicio de la facultad de la administración concedente para desestimar todas las ofertas por no convenir al interés público. Las ofertas presentadas en concursos declarados desiertos o desestimadas todas las ofertas, caducarán junto con el concurso.
(Así reformado por el artículo 1° aparte a) punto 17) de la Ley No. 8643 de 30 de junio de 2008).