Ley
Artículo 44 — Obligaciones del arrendatario — Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos ( Inquilinato)
- Número
- 7527
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9957, La Gaceta N.º 103 del 31 may 2021 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO VI
OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
Son obligaciones del arrendatario:
- Pagar el precio del arrendamiento, en la fecha convenida, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo tercero del artículo 58 de esta ley.
- Servirse de la cosa exclusivamente para el destino convenido.
- Conservar la cosa arrendada en buen estado.
- Restituir la cosa al arrendador al final del contrato.
- Acatar las disposiciones legales o reglamentarias aplicables al uso de la cosa o la actividad a la que se destina.
- Las demás que se indican en esta ley o el contrato de arrendamiento.