Ley
Transitorio 11 — Ley General de Aduanas
- Número
- 7557
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10271, La Gaceta N.º 121 del 29 jun 2022 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO XIII
CAPÍTULO IV
DEROGACIONES Y MODIFICACIONES
Transitorio 11
Vigente desde 20 de octubre de 1995 · texto SINALEVI
Las funciones establecidas en el reglamento al Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera, relacionadas con las actuaciones fiscalizadoras, investigaciones y estudios, a partir de la vigencia de la presente reforma, serán ejercidas por la Dirección de Fiscalización y las funciones relacionadas con registros, inscripciones, resoluciones anticipadas, criterios técnicos y demás asuntos procedimentales serán ejercidas por la Dirección de Gestión Técnica, hasta tanto entre en vigencia la reforma correspondiente del reglamento a la Ley General de Aduanas.
Toda referencia al Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera, que se realice en el ordenamiento jurídico costarricense, deberá entenderse conforme al párrafo anterior.
(Así adicionado por el artículo 4 de la ley N° 10271 del 22 de junio del 2022)