Ley
Artículo 274 — Derogaciones — Ley General de Aduanas
- Número
- 7557
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10271, La Gaceta N.º 121 del 29 jun 2022 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO XIII
CAPÍTULO IV
DEROGACIONES Y MODIFICACIONES
A partir de la vigencia de esta ley, se derogan:
- Los artículos 375 a 379 del Código de Comercio, Ley No. 3284, del 30 de abril de 1964.
- Los títulos II, III, IV, V del Código Fiscal, Ley No. 8, del 31 de octubre de 1885.
- La Ley de almacenes de depósitos fiscales, No. 2722, del 20 de febrero de 1961.
- La Ley de Defraudación Fiscal, No. 1393, del 29 de noviembre de 1951 y sus reformas.
- El párrafo 4 del artículo 64 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, No. 7092, del 21 de abril de 1988.
(Así modificada su numeración por el artículo 1° de la ley N° 8013 del 18 de agosto del 2000, que lo trasladó del 255 al 270) (Así modificada su numeración por el artículo 1° numeral 16) de la ley N° 10271 del 22 de junio del 2022, que lo traspasó del antiguo artículo 270 al 274)