Ley
Artículo 125 — Declaración definitiva — Ley General de Aduanas
- Número
- 7557
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10271, La Gaceta N.º 121 del 29 jun 2022 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VII
REGIMENES ADUANEROS
CAPÍTULO III
MODALIDADES ESPECIALES DE IMPORTACION
SECCIÓN V
DESPACHO DOMICILIARIO INDUSTRIAL
El agente aduanero que represente a la empresa presentará la declaración definitiva ante la aduana competente dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la recepción de las mercancías en los recintos autorizados, en las condiciones establecidas por el artículo 86 de esta ley. El agente debe realizar, mediante esa declaración, los ajustes de cualquier índole a la declaración provisional, aún los que no afecten la obligación tributaria aduanera o las estadísticas de comercio exterior.
La empresa autorizada para operar según esta modalidad podrá designar a un agente aduanero en forma permanente y exclusiva, para que se encargue del despacho de sus mercancías. Ese agente deberá tener relación laboral con la empresa sin perjuicio de sus responsabilidades inherentes como agente aduanero.