Ley
Artículo 20 — Ley del Sistema Nacional de Archivos
- Número
- 7202
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10231, La Gaceta N.º 100 del 31 may 2022 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
De la Junta Administrativa del Archivo Nacional
Artículo 20
Vigente desde 24 de octubre de 1990 · texto SINALEVI
Se autoriza a la Junta Administrativa del Archivo Nacional para que abra y mantenga en el Sistema Bancario Nacional las cuentas corrientes que considere oportunas. También buscará nuevas fuentes de financiamiento. Asimismo, se le autoriza para que venda, sin fines de lucro, los servicios y las publicaciones de carácter cultural y educativo que patrocina.