Ley
Artículo 11 — Ley del Impuesto sobre Traspasos de Bienes Inmuebles
- Número
- 6999
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
De la liquidación y pago del impuesto
Artículo 11
Vigente desde 17 de abril de 1998 · texto SINALEVI
El impuesto deberá cancelarse dentro del mes siguiente a la fecha de otorgamiento del documento respectivo.
(Derogado por el artículo 121 de la Ley Nº 7015 de 22 de noviembre de 1985) (Así reformado por el artículo 181 de la ley No.7764 de 17 de abril de 1998. NOTA: Este artículo 11 ya había sido derogado en su totalidad por el artículo 121 de la Ley de Presupuesto No.7015 de 22 de noviembre de 1985)