Ley
Artículo 253 — Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial
- Número
- 9078
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10968, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IX
DISPOSICIONES FINALES
CAPÍTULO I
Artículo 253
Vigente desde 4 de octubre de 2012 · texto SINALEVI
El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en el artículo 213 bis de la presente ley en un plazo máximo de un año, a partir de su vigencia.
(Así adicionado por el artículo único de la ley N° 9589 del 4 de julio del 2018, "Autorización a la Fuerza Pública para que complemente el trabajo de la Policía de Tránsito en el control y la vigilancia vehicular") (Así adicionado el título anterior por el artículo único de la ley N° 9589 del 4 de julio del 2018, "Autorización a la Fuerza Pública para que complemente el trabajo de la Policía de Tránsito en el control y la vigilancia vehicular")