Ley
Artículo 239 — Uso administrativo — Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial
- Número
- 9078
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10968, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VII
REGULACIÓN DEL USO DE LOS VEHÍCULOS
CAPÍTULO II
CLASIFICACIÓN DE VEHÍCULOS
Estos vehículos son los destinados para los servicios regulares de transporte para el desarrollo normal de las instituciones, los ministerios y los gobiernos locales; los cuales deben estar sometidos a reglamentación especial respecto de horario de uso, recorridos, lugar de resguardo en horas no hábiles, entre otros.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 10835-2025 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«en los términos autorizados por el artículo 239 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial -Ley 9078-.»