Ley
Artículo 189 — Legislación supletoria — Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial
- Número
- 9078
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10968, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO V
PROHIBICIONES Y SANCIONES
CAPÍTULO V
CONOCIMIENTO DE MULTAS Y ACCIDENTES
SECCIÓN IV
INFRACCIONES CUANDO SE PRODUZCA UN ACCIDENTE
En todo lo no previsto en el presente título se aplicará, supletoriamente, el Código Procesal Penal, Ley N.º 7594, de 10 de abril de 1996, y sus reformas, en lo conducente a la índole sumaria del proceso previsto en esta ley.