Ley
Transitorio 3 — Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias
- Número
- 8114
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10935, La Gaceta N.º 77 del 28 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VIII
Vigencias
Transitorio 3
Vigente desde 4 de julio de 2001 · texto SINALEVI
Las personas físicas o jurídicas que, de conformidad con el artículo 28 de esta Ley, se dediquen a la actividad gravada por este impuesto y a la fecha se encuentren en operación, deberán cancelar el impuesto respectivo, dentro de los quince días naturales siguientes a la vigencia de la presente Ley.