Ley
Artículo 51 — Cancelación — Ley de Regulación de los Servicios de Seguridad Privados
- Número
- 8395
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Prohibiciones y sanciones
CAPÍTULO II
Procedimiento y sanciones
SECCIÓN II
Sanciones administrativas
Se le cancelará la autorización a la persona física o jurídica que incumpla las prohibiciones establecidas en los incisos a) y c) del artículo 45, de esta Ley.