Ley
Artículo 13 — Requisitos de la solicitud — Ley de Regulación de los Servicios de Seguridad Privados
- Número
- 8395
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
Disposiciones generales
CAPÍTULO III
Autorización, renovación o denegación de solicitudes de servicios de seguridad
Las personas físicas o jurídicas que presten los servicios descritos en el artículo 2º de esta Ley, deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:
- Presentar solicitud escrita ante la Dirección de los Servicios de Seguridad Privados. En el caso de las personas físicas, contendrá: el nombre y los dos apellidos, la edad, la nacionalidad, la profesión o el oficio, el número del documento de identidad y el domicilio; asimismo, deberán aportar una fotocopia certificada del documento de identidad.
Cuando se trate de personas jurídicas, la solicitud deberá indicar: la razón o denominación social, el número de cédula de persona jurídica y el domicilio, así como el nombre y los dos apellidos, la edad, la nacionalidad, la profesión o el oficio, el número de documento de identidad y el domicilio del representante legal; además, deberán aportar una fotocopia certificada de la respectiva cédula de persona jurídica, una certificación notarial de los estatutos de la empresa y la personería jurídica. También deberán presentar una certificación notarial con vista en el libro de registro de accionistas de la empresa, en la cual conste que las acciones son nominativas y que el objeto social es compatible con las actividades de seguridad privada. Anualmente deberá presentarse a la de los Servicios de Seguridad Privados una lista de los accionistas de la compañía o los asociados de esta, mediante certificación notarial con vista en el libro de registro de accionistas de la empresa o en el registro de asociados, cuando se trate de asociaciones; se indicará la fecha de adquisición de la empresa o asociación o de ingreso a ella.
- Indicar el tipo de servicios que prestará el solicitante.
- Presentar, cuando también se aplique como escuela de capacitación, el programa de capacitación y adiestramiento que recibirá el personal.
- Presentar la nómina del personal de seguridad y administrativo con sus calidades, así como el inventario del armamento y del equipo de seguridad con que se cuenta en ese momento.
- Adjuntar a la solicitud los diseños del distintivo y del uniforme que usarán para desempeñar las funciones, que no serán iguales, ni similares a los utilizados por los distintos cuerpos policiales.
- Suscribir ante el Instituto Nacional de Seguros la correspondiente póliza de riesgos del trabajo y una póliza de responsabilidad civil. El monto mínimo de la segunda será el equivalente a doscientas veces el salario mínimo legal para las personas jurídicas y el equivalente a cincuenta veces el salario mínimo legal para las personas físicas, según se defina en la ley de presupuesto ordinario vigente al momento de presentar la solicitud. Los solicitantes que trabajen en forma independiente, podrán suscribir la póliza de riesgos del trabajo, si lo desean.
- Adjuntar constancia de antecedentes penales del personal administrativo y de seguridad, así como de los accionistas si se trata de una empresa.
- Adjuntar copia certificada de las planillas reportadas a la Caja Costarricense de Seguro Social y al Instituto Nacional de Seguros. Si se trata de renovación, estas certificaciones comprenderán los seis meses anteriores a la solicitud de renovación.
Cuando se trate de corporaciones jurídicas o se demuestre que varias empresas constituyen en la práctica una unidad operativa y económica, se tomarán como una sola para efectos de la supervisión de lo estipulado en esta Ley.