Ley
Artículo 11 — Plazo de la autorización y renovación eventual — Ley de Regulación de los Servicios de Seguridad Privados
- Número
- 8395
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
Disposiciones generales
CAPÍTULO III
Autorización, renovación o denegación de solicitudes de servicios de seguridad
Artículo 11
Plazo de la autorización y renovación eventual
Vigente desde 1 de diciembre de 2003 · texto SINALEVI
La autorización concedida de acuerdo con los artículos precedentes durará cinco años y podrá ser renovada por períodos iguales, salvo denegación que, en resolución fundada, emitirá el director de los Servicios de Seguridad Privados.