Ley
Artículo 31 — Costo del servicio — Ley de protección de las obtenciones vegetales
- Número
- 8631
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
RECURSOS FÍSICOS Y ECONÓMICOS
Facúltase a la Ofinase para que establezca los precios públicos correspondientes por la prestación de los siguientes servicios:
- Tramitación y resolución de solicitudes del título de protección vegetal.
- Reivindicación de la prioridad.
- Realización del examen técnico de la variedad candidata.
- Concesión del título de protección vegetal.
- Mantenimiento anual de los derechos del obtentor en vigencia.
- Registro de las licencias de explotación.
- Prestación de servicios administrativos.
La fijación del valor de los servicios se realizará considerando los costos determinados localmente, aplicando el principio de servicio al costo, con los ajustes correspondientes de acuerdo con los parámetros establecidos en otros países, con los cuales Costa Rica haya suscrito convenios de reciprocidad en esta materia.