Ley
Artículo 14 — Ley de Prevención de la violencia en personas menores de edad y personas jóvenes
- Número
- 10475
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10795, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 14Verificando formato
Vigente desde 18 de julio de 2024 · texto SINALEVI
Adiciónese un segundo párrafo al artículo 65 de la Ley 7739, Código de la Niñez y la Adolescencia, de 6 de enero de 1998. El texto es el siguiente:
Artículo 65- Deberes del Ministerio de Educación Pública ( ... ) Así como incluir, en sus programas de educación, programas restaurativos para fortalecer programas de atención y prevención de la violencia, con el fin de disminuir la incidencia de casos de violencia en los centros educativos.