Ley
Artículo 62 — Ley de Pesca y Acuicultura
- Número
- 8436
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10764, La Gaceta N.º 231 del 9 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Tipos de pesca
CAPÍTULO V
Pesca pelágica
Artículo 62
Vigente desde 1 de marzo de 2005 · texto SINALEVI
El INCOPESCA podrá autorizar la pesca con palangre únicamente a las embarcaciones de bandera y registro nacionales. Se define el palangre como el arte de pesca selectivo que utiliza una línea madre en la cual se colocan reinales con anzuelos debidamente encarnados, para capturar especies pelágicas y demersales.
El Reglamento de la presente Ley establecerá tanto los requisitos de sustitución, construcción e importación de las embarcaciones palangreras, como las dimensiones y los sistemas o artes de pesca.