Ley
Artículo 32 — Formas agravadas de violencia sexual — Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres
- Número
- 8589
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10880, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
DELITOS
CAPÍTULO III
VIOLENCIA SEXUAL
La pena por los delitos referidos en los tres artículos anteriores, se incrementará hasta en un tercio, si de la comisión del hecho resulta alguna de las siguientes consecuencias:
- Embarazo de la ofendida.
- Contagio de una enfermedad de transmisión sexual a la ofendida.
- Daño psicológico permanente.