Ley
Artículo 40 — Reglamento — Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad
- Número
- 6867
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
Disposiciones generales
- El Poder Ejecutivo promulgará el reglamento de la presente ley dentro de un término de seis meses.
- El reglamento definirá las tasas autorizadas por la presente ley, previa propuesta de la Junta Administrativa del Registro Nacional.