Ley
Artículo 35 — Registros — Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad
- Número
- 6867
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
Disposiciones generales
El Registro de la Propiedad Industrial mantendrá registros separados para las patentes, los dibujos y modelos industriales, y los modelos de utilidad. Todas las inscripciones podrán ser consultadas en el Registro por cualquier persona, sin costo alguno. Cualquier persona podrá solicitar y obtener copia de los asientos y anotaciones de los registros, previo pago de la tasa correspondiente.