Ley
Artículo 26 — Protección. Materia excluida — Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad
- Número
- 6867
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
Dibujos y modelos industriales, y modelos de utilidad
- Los dibujos y modelos industriales nuevos y originales obtenidos independientemente, serán protegidos por esta ley.
- No se registrarán los dibujos o modelos contrarios al orden público, la moral o las buenas costumbres, a condición de que estas excepciones no atenten, de manera injustificable, contra la explotación normal de los dibujos y modelos industriales protegidos, ni causen perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular del dibujo o modelo protegido; se tendrán en cuenta los intereses legítimos de terceros.
(Así reformado por el artículo 2° de la Ley N° 7979 del 6 de enero del 2000)