Ley
Artículo 41 — Disposiciones relativas al uso de la marca — Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos
- Número
- 7978
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Marcas
CAPÍTULO VI
Terminación del registro de la marca
Artículo 41
Disposiciones relativas al uso de la marca
Vigente desde 6 de enero de 2000 · texto SINALEVI
No se cancelará el registro de una marca por falta de uso cuando esta falta de uso se deba a motivos justificados.
Se reconocerán, como motivos justificados de la falta de uso las circunstancias que surjan independientemente de la voluntad del titular de la marca y que constituyan un obstáculo para usarla, tales como las restricciones a la importación u otros requisitos oficiales impuestos a los productos o servicios protegidos por la marca.