Ley
Artículo 15 — Publicaciones de la solicitud — Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos
- Número
- 7978
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Marcas
CAPÍTULO II
Procedimiento del registro de la marca
Efectuados los exámenes conforme a los artículos 13 y 14 de la presente ley, el Registro de la Propiedad Industrial ordenará anunciar la solicitud mediante la publicación, por tres veces y a costa del interesado, de un aviso en el diario oficial, dentro de un plazo de quince días desde su notificación.
El aviso que se publique contendrá:
- Nombre y domicilio del solicitante.
- Nombre del representante o del apoderado, cuando exista.
- Fecha de la presentación de la solicitud.
- Número de la solicitud.
- Marca tal como se haya solicitado.
- Lista de los productos o servicios a los cuales se les aplicará la marca y clase correspondientes.