Ley
Artículo 5 — Valores de la justicia restaurativa — Ley de Justicia Restaurativa
- Número
- 9582
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10558, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES PARA LA APLICACIÓN
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Son valores de la justicia restaurativa los siguientes:
- Comunicación: promueve el encuentro entre las partes afectadas por el conflicto delictivo a través del diálogo respetuoso y comprensivo, para la búsqueda conjunta de las soluciones.
- Colaboración: promueve el alto apoyo y el trabajo conjunto para lograr la restauración del daño causado.
- Excelencia: promueve un serv1c10 público en la administración de justicia basado en un compromiso ético accesible, rápido, eficiente, personalizado y humanista.
- Honestidad: promueve el diálogo transparente y asertivo en la búsqueda de la solución integral del conflicto social causado por el hecho delictivo.
- Humanismo: promueve, a partir del enfoque de derechos, la atención de cada persona involucrada en el conflicto generado por el hecho delictivo, mediante un trato equitativo e integral, considerando las necesidades y las condiciones personales, sociales y económicas.
- Inclusión: promueve la integración social y comunitaria de las personas involucradas, respetando sus valores, origen, salud, edad, género y las condiciones personales, sociales y económicas. Asimismo, un acercamiento y participación de la comunidad en la administración de justicia costarricense.
- Solidaridad: promueve la colaboración entre las partes, la comunidad y las instituciones, para conseguir la resolución del conflicto social generado por el delito, la restauración del daño causado a la víctima y la comunidad, y la inserción social de la persona ofensora.
- Respeto: promueve el reconocimiento mutuo, la apreciación, la atención y la consideración de los demás, y el apego a las normas establecidas en la justicia restaurativa.
- Responsabilidad: promueve con alto control y alto apoyo el cumplimiento de los acuerdos y compromisos adquiridos.
- Transparencia: promueve el acceso a los datos públicos, el involucramiento de la ciudadanía y de todos los agentes sociales que participan activamente en la justicia restaurativa.
- Tolerancia: que en los abordajes restaurativos haya disposición para aceptar y respetar las opiniones, las creencias y los sentimientos de las demás personas, especialmente cuando sean distintos de la propia.
- Paz: promueve el diálogo, la armonía, la tranquilidad y la no violencia entre las partes involucradas, a fin de restaurar el daño social ocasionado por el hecho delictivo.