Ley
Artículo 10 bis — Derecho a la justicia restaurativa — Ley de Justicia Penal Juvenil
- Número
- 7576
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10641, La Gaceta N.º 48 del 12 mar 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO II
Derechos y garantías fundamentales
Desde el inicio de la investigación policial, durante la tramitación del proceso judicial y en fase de ejecución, las personas menores de edad tienen derecho a ser informadas sobre la justicia restaurativa como una alternativa para promover la restauración personal y el daño causado a la víctima y comunidad. Asimismo, a que en los casos en que las partes intervinientes manifiesten su aprobación, se tramite la causa penal juvenil mediante la aplicación del procedimiento de justicia juvenil restaurativa, de conformidad con la ley vigente.
(Así adicionado por el artículo 51 de la Ley de justicia restaurativa, N° 9582 del 2 de julio del 2018)