Ley
Artículo 41 — Ley de Biodiversidad
- Número
- 7788
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10898, La Gaceta N.º 89 del 18 may 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
SECCIÓN II
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
Artículo 41
Vigente desde 30 de abril de 1998 · texto SINALEVI
Fondos y recursos existentes Además, para el fiel cumplimiento de los fines y objetivos de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, No. 7317, de 30 de octubre de 1992; la Ley Forestal, No. 7575, de 13 de febrero de 1976; la Ley de Creación del Servicio de Parques Nacionales, No. 6084, de 24 de agosto de 1977, y la Ley Orgánica del Ambiente, No. 7554, de 4 de octubre de 1995, atender los gastos que deriven de ellas, el Sistema contará con los aportes de los presupuestos de la República y los recursos de los fondos ya existentes en el Sistema, los cuales podrán administrarse bajo la figura de un fideicomiso o con los instrumentos financieros que se definan.