Ley
Artículo 13 — Ley de Biodiversidad
- Número
- 7788
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10898, La Gaceta N.º 89 del 18 may 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Artículo 13
Vigente desde 30 de abril de 1998 · texto SINALEVI
Organización Para cumplir los objetivos de la presente ley, el Ministerio del Ambiente y Energía coordinará la organización administrativa encargada del manejo y la conservación de la biodiversidad, integrada por:
- La Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad.
- Sistema Nacional de Áreas de Conservación.