Ley
Artículo 24 — Reglamentación — Ley de Bienestar de los Animales
- Número
- 7451
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
Disposiciones finales
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un plazo máximo de sesenta días a partir de su publicación.