Ley
Artículo 15 — Prohibiciones — Ley de Bienestar de los Animales
- Número
- 7451
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
Obligaciones de los propietarios
Se prohíbe la cría, la hibridación y el adiestramiento de animales con el propósito de aumentar su peligrosidad.
Asimismo, se prohíbe que los responsables de animales de cualquier especie promuevan peleas entre ellos.