Ley
Artículo 188 — Principios y políticas — Ley de Asociaciones Cooperativas
- Número
- 4179
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10890, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Comisión Nacional de las Mujeres Cooperativistas (CNMC)
CAPÍTULO I
Naturaleza, objetivo, principios, políticas, funciones y atribuciones
La Comisión Nacional de las Mujeres Cooperativistas guiará sus acciones en el marco de los siguientes principios y políticas:
- Velar y propiciar por la elección democrática y equitativa de las mujeres cooperativistas, representantes de los diferentes órganos del movimiento cooperativo, Conacoop, CPCA, Cenecoop, en los puestos de toma de decisiones.
- Fortalecer los programas dirigidos a la formación, capacitación e incorporación activa de las mujeres, en las actividades económicas, culturales, sociales, académicas y políticas del país en general y en particular del movimiento cooperativo, para lo cual podrá realizar coordinaciones interinstitucionales.
- Promover y apoyar la promulgación de las leyes, programas, planes y proyectos, que beneficien el desarrollo económico, político y social de las mujeres cooperativistas.
- Propiciar la participación efectiva de las mujeres cooperativistas en las actividades educativas y formativas, principalmente las de zonas rurales y costeras, en cursos, seminarios, charlas y otros que brinden diferentes organismos cooperativos e instituciones públicas y privadas.
- Promover la obtención de recursos para la buena marcha y ejecución de los programas que promuevan el empoderamiento, la identidad cooperativa y el liderazgo de la mujer cooperativista.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones y resoluciones de los congresos cooperativos y otros mandatos de decisiones tomadas por las mujeres cooperativistas.
- Impulsar, desde la Comisión Nacional de las Mujeres Cooperativistas, objetivos, estrategias, acciones y definiciones prácticas que contribuyan con la equidad de género.
- Promover y apoyar la participación y representación en el CNMC, de los diferentes sectores del movimiento cooperativo en el territorio nacional.
- Promover la participación y representación paritaria de las mujeres dirigentes cooperativistas, en la dirección de todos los órganos y entes cooperativos de toma de decisiones.
- Promover la incorporación de los derechos de las mujeres en los procesos de planificación y asignación presupuestaria, en cada uno de los diferentes entes y órganos cooperativos, con el fin de asegurar que las decisiones no sean discriminatorias y respeten los derechos de las mujeres.
(Así adicionado por el artículo único de la ley N° 10890 del 24 de marzo del 2026, "Adición de un título IV a la Ley N° 4179 "Ley de Asociaciones Cooperativas" para la creación de la Comisión Nacional de mujeres cooperativistas")