Ley
Artículo 67 — Control, vigilancia y fiscalización — Ley de Armas y Explosivos
- Número
- 7530
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
FABRICACION, COMERCIO, IMPORTACION, EXPORTACION
Artículo 67
Control, vigilancia y fiscalización
Vigente desde 15 de noviembre de 2024 · texto SINALEVI
El control, la vigilancia y la fiscalización de toda actividad que se realice con armas, municiones, explosivos, artificios, sustancias químicas, pólvora en todas sus presentaciones y materias primas para elaborar productos regulados por la presente Ley, corresponden, en todos sus aspectos, a la Dirección de Armamento del Ministerio de Seguridad Pública.
(Así reformado por el artículo 1 de la ley N° 8201 de 18 de diciembre del 2001)