Ley
Artículo 185 — Ley de Aguas
- Número
- 276
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO DECIMO
SECCIÓN II
Impuestos
Artículo 185
Vigente desde 27 de agosto de 1942 · texto SINALEVI
Son casos para revocar un permiso provisional:
I.- La comprobación de perjuicios a aprovechamientos existentes;
II.- La falta de cumplimiento de quien hace uso del permiso a las obligaciones que le impone esta ley, sus Reglamentos o las especiales que fije el permiso;
III.- Las que prescribe esta ley para la caducidad de las concesiones; y IV.- Que el dato a que se refiere el inciso e) del artículo 178 sea inferior al declarado por el solicitante a extremo de que la disminución del caudal pueda causar perjuicio a otros concesionarios.