Ley
Artículo 159 — Ley de Aguas
- Número
- 276
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO NOVENO
Medidas referentes a la conservación de árboles para evitar la disminución de las aguas
Artículo 159
Vigente desde 27 de agosto de 1942 · texto SINALEVI
Los Gobernadores, Jefes Políticos, Agentes de Policía y demás autoridades del mismo ramo deberán exigir, en sus respectivas circunscripciones, el estricto cumplimiento de lo establecido en esta ley.