Ley
Artículo 85 — Adición del artículo 249 bis a la Ley N.º 8764 — Ley contra la Trata de Personas y Creación de la Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (CONATT)
- Número
- 9095
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10886, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO XI
REFORMAS
Artículo 85
Adición del artículo 249 bis a la Ley N.º 8764
Vigente desde 26 de octubre de 2012 · texto SINALEVI
Se adiciona el artículo 249 bis a la Ley N.º 8764, Ley General de Migración y Extranjería. El texto dirá:
"Artículo 249 bis.- Se impondrá pena de prisión de cuatro a ocho años, a quien promueva, planee, coordine o ejecute el tráfico ilícito de migrantes nacionales hacia un segundo, tercero o más países por lugares no habilitados o habilitados por la Dirección General de Migración y Extranjería, aun cuando el inicio del traslado se realice por la vías legales establecidas por dicho ente, o bien, evadiendo los controles migratorios establecidos o utilizando datos o documentos falsos o alterados, o se encuentren indocumentados.
La misma pena se impondrá a quien, de cualquier forma, promueva, prometa o facilite la obtención de documentos legales, o bien, falsos o alterados o encubra transacciones financieras legales o ilegales que afecten el patrimonio de la persona afectada o de sus garantes, con la finalidad de promover el tráfico ilícito de migrantes nacionales, y a quien coordine, facilite o efectúe acciones tendientes a alojar, ocultar o encubrir a personas nacionales que ingresen o permanezcan legal o ilegalmente en un segundo, tercero o más países, con la finalidad de consolidar el tráfico ilícito de migrantes.
La pena será de seis a diez años de prisión cuando:
- La persona migrante sea menor de edad.
- Se ponga en peligro la vida o salud del migrante, por las condiciones en que ejecuta el hecho, o se le cause grave sufrimiento físico o mental.
- El autor o partícipe sea funcionario público.
- El hecho se realice por un grupo organizado de dos o más personas.
- A consecuencia del tráfico ilícito de migrantes, la persona resulte ser víctima de trata."