Ley
Artículo 67 — Donaciones deducibles — Ley contra la Trata de Personas y Creación de la Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (CONATT)
- Número
- 9095
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10886, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO IX
FINANCIAMIENTO
De conformidad con la Ley N.° 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, de 21 de abril de 1988, serán deducibles del cálculo del impuesto sobre la renta, las donaciones de personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas que realicen en beneficio de los planes y programas que autorice la Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas.