Ley
Artículo 59 — Financiamiento — Ley contra la Trata de Personas y Creación de la Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (CONATT)
- Número
- 9095
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10886, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IX
FINANCIAMIENTO
Las instituciones públicas, así como las entidades y las organizaciones no gubernamentales avaladas por la Conatt, podrán solicitar financiamiento para los proyectos que coadyuven con los objetivos de la presente ley.
Para estos, efectos deberán presentar los respectivos proyectos ante la Conatt, para que esta los apruebe o deniegue.
Los requisitos, plazos, informes y demás aspectos relacionados con lo anterior serán establecidos en el reglamento de la presente ley.