Ley
Artículo 28 — Confidencialidad — Ley contra la Trata de Personas y Creación de la Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (CONATT)
- Número
- 9095
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10886, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VI
PROTECCIÓN Y PRIVACIDAD DE LA INFORMACIÓN
Toda la información relacionada con un caso de trata de personas es confidencial, tanto la obtenida en el proceso de investigación como la suministrada por la víctima y los testigos en sede judicial o administrativa o ante funcionarios de entidades privadas, y de uso exclusivo para fines judiciales en el proceso penal por las partes directamente interesadas y acreditadas.