Ley
Artículo 36 — Acceso a cargos públicos — Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública
- Número
- 8422
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10905, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO III
Declaración jurada sobre la situación patrimonial
Para ejercer un cargo público que origine el deber de declarar la situación patrimonial, será requisito que no exista ninguna declaración jurada pendiente de ser presentada a la Contraloría General de la República. De esta disposición se exceptúan los cargos de elección popular. La infracción a lo dispuesto en esta norma acarreará la nulidad relativa del nombramiento.