Ley
Artículo 50 — Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social CCSS
- Número
- 17
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9986, La Gaceta N.º 103 del 31 may 2021 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
SECCIÓN VI
De las sanciones y de las resoluciones de los conflictos
Artículo 50
Vigente desde 31 de julio de 1951 · texto SINALEVI
En caso de reincidencias específicas o genéricas se estará a lo dispuesto en el artículo 611 del Código de Trabajo.
(Así reformado por el artículo 1º de la Ley Nº 1330 de 31 de julio de 1951).