Normativa
Transitorio 44 — Fortalecimiento de las finanzas públicas
- Número
- 9635
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10712, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO V
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
CAPÍTULO IV
DISPOSICIONES TRANSITORIAS AL TÍTULO IV, RESPONSABILIDAD FISCAL
Transitorio 44
Vigente desde 3 de diciembre de 2018 · texto SINALEVI
En el caso de las instituciones mencionadas en los incisos r), s), t) y u) que, al momento de entrar en vigencia la presente ley, superen el límite de endeudamiento establecido en sus leyes constitutivas o conexas o, ante ausencia de norma, se encuentren por encima del cincuenta por ciento (50%) en el coeficiente deuda sobre activos, el Ministerio de Hacienda les establecerá un plazo máximo de cinco años para cumplir con el límite o porcentaje de endeudamiento que permite la ley; la entidad deberá establecer y comunicar al Ministerio de Hacienda para efectos de control y seguimiento las metas anuales de reducción de la deuda, tomando en cuenta su capacidad de pago, los plazos de la deuda, el entorno económico, entre otros aspectos.
(Así adicionado por el artículo 5° de la ley N° 10386 del 26 de setiembre del 2023)