Normativa
Artículo 30 — Reforma de la Ley de Fodesaf — Fortalecimiento de las finanzas públicas
- Número
- 9635
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10712, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO IV
RESPONSABILIDAD FISCAL DE LA REPÚBLICA
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES VARIAS, REFORMAS Y DEROGATORIAS
Artículo 30Verificando formato
Reforma de la Ley de Fodesaf
Vigente desde 1 de enero de 2020 · texto SINALEVI
Se reforma el artículo 26 de la Ley N.° 5662, Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, de 23 de diciembre de 1974. El texto es el siguiente: […] Artículo 26- Los gastos que se generen con ocasión de la administración del Fondo constituido en la presente ley, por parte de la Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Desaf), deberán incluirse en el presupuesto respectivo, con base en la totalidad de los recursos presupuestados por el Poder Ejecutivo, además del cinco por ciento (5%) de las planillas de los trabajadores y cualesquiera otras fuentes de ingreso existentes.
(Nota de Sinalevi: Este artículo entrará a regir el primer día del ejercicio económico posterior a la aprobación del título I, es decir a partir del 1° de enero de 2020)