Normativa
Artículo 51 — Estatuto de Servicio Civil
- Número
- 1581
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10777, La Gaceta N.º 216 del 17 nov 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
De la Carrera Administrativa
CAPÍTULO XI
De las Disposiciones Finales
Artículo 51Verificando formato
Vigente desde 30 de mayo de 1953 · texto SINALEVI
Los casos no previstos en esta ley,en sus reglamentos o en sus leyes supletorias o conexas, se resolverán de acuerdo con el Código de Trabajo, la Ley de Seguro Social, los principios generales de Servicio Civil, los principios y leyes de derecho común, la equidad, la costumbre y el uso locales.
Esta ley es de orden público. Quedan derogadas las leyes Nº 90 de 22 de julio de 1948; Nº 269 de 17 de noviembre de 1948; Nº 380 de 15 de febrero de 1949; y Nº 381 de 15 de febrero de 1949, así como las disposiciones del Código de Trabajo o cualesquiera otras legales que se opongan a este Estatuto.