Normativa
Artículo 35 — Estatuto de Servicio Civil
- Número
- 1581
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10777, La Gaceta N.º 216 del 17 nov 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
De la Carrera Administrativa
CAPÍTULO VI
De las promociones y traslados
Artículo 35
Vigente desde 8 de marzo de 2022 · texto SINALEVI
Las permutas de servidores regulares podrán ser acordadas entre las partes, siempre y cuando los interesados reúnan los requisitos de las clases de puestos y estas sean avaladas por la Oficina de Recursos Humanos de la institución
(Así reformado por el artículo 49 sub inciso e) de la Ley Marco de Empleo Público, N° 10159 del 8 de marzo de 2022)