Normativa
Artículo 3 — Principio de legalidad durante la ejecución — Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles
- Número
- 8460
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10641, La Gaceta N.º 48 del 12 mar 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO I
Disposiciones generales
CAPÍTULO II
Principios generales
Artículo 3
Principio de legalidad durante la ejecución
Vigente desde 20 de octubre de 2005 · texto SINALEVI
La ejecución de toda medida y sanción penal impuestas deberá regirse por las disposiciones de la presente Ley y las demás que rijan la materia. Ninguna persona joven sancionada podrá sufrir limitación alguna de su libertad ni de otros derechos que no sean consecuencia, directa e inevitable, de la sanción impuesta.