Normativa
Artículo 89 — Constitución Política
- Número
- 871
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
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TÍTULO VII
LA EDUCACION Y LA CULTURA
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 89
Vigente desde 29 de noviembre de 2023 · texto SINALEVI
Entre los fines culturales de la República están: proteger las bellezas naturales, conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación, y apoyar la iniciativa privada para el progreso científico y artístico.
Todas las personas tienen derecho al deporte, a la educación física y a la recreación. El Estado garantizará este derecho, promoverá su universalización como medio eficaz para mejorar la salud y la calidad de vida de la población y apoyará el desarrollo de las distintas disciplinas deportivas en todos los niveles.
(Así reformado por el artículo único de la Ley para la incorporación del Derecho Fundamental al Deporte y la Recreación, N° 10376 del 29 de noviembre de 2023)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 14917 · Sala Constitucional
Constitucional
«Por tanto, no existe lesión al artículo 89 CP imputable al SINAC.»
- Resolución 14917-2026 · Sala Constitucional
Constitucional
«Por tanto, no existe lesión al artículo 89 CP imputable al SINAC.»
- Resolución 19096-2021 · Sala Constitucional
Constitucional
«(artículos 21, 50, 73 and 89, de la Carta Magna)»
- Resolución 19096 · Sala Constitucional
Constitucional
«(artículos 21, 50, 73 y 89, de la Carta Magna)»
- Resolución 17792-2021 · Sala Constitucional
Constitucional
«La salud pública y el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado se encuentran reconocidos constitucionalmente en los artículos 21, 50, 73 y 89 de la Constitución Política»
- Resolución 17794-2021 · Sala Constitucional
Constitucional
«La salud pública y el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado se encuentran reconocidos constitucionalmente en los artículos 21, 50, 73 y 89 de la Constitución Política»