Código
Artículo 492 — Sentencia declarativa de falsedad instrumental — Código Procesal Penal
- Número
- 7594
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10900, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO IV
EJECUCION
TÍTULO II
EJECUCION CIVIL
Artículo 492Verificando formato
Sentencia declarativa de falsedad instrumental
Vigente desde 3 de mayo de 2010 · texto SINALEVI
Cuando una sentencia declare falso un instrumento público, el tribunal que la dictó ordenará que el acto sea reconstruido, suprimido o reformado. Si es del caso ordenará las rectificaciones registrales que correspondan.
Si el documento ha sido extraído de un archivo, será restituido a él, con nota marginal en cada página, y se agregará copia de la sentencia que hubiera establecido la falsedad total o parcial.
Si se trata de un documento protocolizado, la declaración hecha en la sentencia se anotará al margen de la matriz, en los testimonios que se hayan presentado y en el registro respectivo.
(Así corrida su numeración por el artículo 18 de la Ley de Protección a Víctimas, Testigos y demás intervinientes en el Proceso Penal, N° 8720 de 4 de marzo de 2009, que lo traspasó del anterior artículo 468 al 483 actual.) (Así corrida su numeración por el artículo 5° "Creación del recurso de apelación de la sentencia, otras reformas al régimen de impugnación e implementación de nuevas reglas de oralidad en el proceso penal", ley N° 8837 del 3 de mayo de 2010, que lo traspaso del antiguo artículo 483 al 492)
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 01081-2015 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«ante la declaratoria de falsedad de un instrumento público, se ordena según el numeral 492 de CPP, reconstruir, suprimir o reformar el acto»
- Resolución 00571-2012 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«Al respecto de la errónea aplicación del artículo 492 del Código Procesal Penal (numeración de acuerdo con la fe de erratas de la ley 9021, del tres de enero de 2012, publicada en La Gaceta Nº 51, del 12 de marzo de 2012), esta Sala considera que el Tribunal de Juicio actuó conforme a derecho.»