Código
Artículo 364 — Código Procesal Penal
- Número
- 7594
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10900, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO I
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
TÍTULO III
JUICIO ORAL Y PUBLICO
CAPÍTULO III
DELIBERACION Y SENTENCIA
Artículo 364
Vigente desde 12 de mayo de 2026 · texto SINALEVI
Redacción y lectura La sentencia será redactada y firmada inmediatamente después de la deliberación.
Enseguida, el tribunal se constituirá nuevamente en la sala de audiencias, después de ser convocadas verbalmente las partes. El documento será leído en voz alta por el secretario ante quienes comparezcan.
Si la sentencia es condenatoria y el imputado está en libertad, el tribunal podrá disponer la prisión preventiva cuando haya bases para estimar razonablemente que no se someterá a la ejecución una vez firme la sentencia.
Cuando por la complejidad del asunto o lo avanzado de la hora sea necesario diferir la redacción de la sentencia, en esa oportunidad se leerá tan sólo su parte dispositiva y uno de los jueces relatará sintéticamente, al público, los fundamentos que motivaron la decisión; asimismo, anunciará el día y la hora para la lectura integral, la que se llevará a cabo en el plazo máximo de los cinco días posteriores al pronunciamiento de la parte dispositiva.
La sentencia quedará notificada con la lectura integral y las partes recibirán copia de ella.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00626-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos; 1, 30, 45, 50, 71 a 74, del Código Penal; 1 a 15,»
- Resolución 00031-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«La parte dispositiva se expuso de la manera que lo exige el numeral 364 del Código Procesal Penal, en presencia de todos los imputados y sus abogados defensores.»
- Resolución 00012-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1 al 13, 37, 40, 142, 180, 181, 182, 184, 238, 258, 265, 360, 361, 363, 364, 365, 366, 367, 368, del Código Procesal Penal»
- Resolución 00049-2025 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1 al 13, 37, 40, 142, 175 a 179, 180, 181, 182, 184, 238, 240, 258, 265, 360, 361, 363, 364, 365, 366, 367, 368, del Código Procesal Penal, por unanimidad en sus votos, este Tribunal resuelve lo siguiente: 1»
- Resolución 00038-2025 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1, 2, 3, 5, 6, 8, 9, 12, 13, 37, 39, 40, 111 a 116, 119, 142 a 145, 175 a 178, 180 a 184, 258, 265 a 270, 360 a 368, 474, 488 y 489 del Código Procesal Penal»
- Resolución 00037-2025 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1 al 13, 142, 180, 181, 182, 184, 258, 265, 360, 361, 363, 364, 365, 366 y 367 del Código Procesal Penal»