Código
Artículo 218 — Revisión — Código Procesal Agrario
- Número
- 9609
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10779, La Gaceta N.º 30 del 13 feb 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VIII
ACTIVIDAD PROCESAL IMPUGNATICIA
CAPÍTULO II
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
La revisión procederá contra la sentencia firme con eficacia y autoridad de cosa juzgada material, conforme a las causales y el procedimiento establecidos en la normativa procesal civil. El plazo y el dictado o la emisión de la sentencia se regirán por lo dispuesto para el recurso de casación en este Código.