Código
Artículo 253 bis — Atentado con materiales químicos o radioactivos — Código Penal
- Número
- 4573
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10942, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
De los Delitos
TÍTULO IX
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD COMÚN
SECCIÓN I
INCENDIOS Y OTROS ESTRAGOS
Artículo 253 bis
Atentado con materiales químicos o radioactivos
Vigente desde 10 de julio de 2012 · texto SINALEVI
Incurrirá en las penas previstas en el artículo 253 quien cree un peligro común para las personas o los bienes, mediante la emisión, propagación o el impacto de sustancias o productos químicos, tóxicos o peligrosos, agentes o toxinas de carácter biológico o sustancias similares o radiaciones de material radiactivo.
(Así adicionado por el punto 2., aparte c) del artículo 1° de la Ley de Fortalecimiento de la Legislación contra el Terrorismo, N° 8719 de 4 de marzo de 2009). (Así corrida su numeración por el artículo 3° de la ley "Reforma de la Sección VIII, Delitos Informáticos y Conexos, del Título VII del Código Penal"; N° 9048 del 10 de julio de 2012, que lo traspaso del antiguo artículo 246 bis al 253 bis) (Así reformado por el artículo 1° de la Ley para brindar claridad en los tipos penales contenidos en el título IX, Delitos contra la Seguridad Común, N° 10609 del 15 de noviembre del 2024)
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00414-2012 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
Penal
«la conducción temeraria a que se refiere el tipo penal del artículo 253 bis del Código Penal, debe ser una conducta que pueda reputarse peligrosa»